Julieta Roco
Argentina aprueba el uso de Cannabis en cosméticos
Actualizado: 29 mar 2022
En Argentina ya fueron autorizados los cosméticos con aceite de Cannabis medicinal. A partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición 8504/2021 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), estarán permitidos los Productos Cosméticos para la higiene personal y perfumes que contengan Cannabidiol (CBD) puro de origen natural con no más de 0,2% de tetrahidrocannabinol (THC).

El Cannabis y sustancias extraídas de esta planta se han incluido durante muchos años en las listas de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 enmendada por el Protocolo de 1972. Actualmente, el Cannabis y la resina de Cannabis se encuentran incluidos solamente en la Lista I de la referida Convención debido a que, luego de una revisión crítica efectuada por el Comité de Expertos en Farmacodependencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Comisión de Estupefacientes (CND) de Naciones Unidas aprobara la propuesta de la OMS de retirar el cannabis y la resina de cannabis de la Lista IV de la mencionada Convención, reconociendo, en consecuencia, a dichas sustancias su potencial ventaja terapéutica.
A partir del 12 de noviembre del 2021, la cosmética elaborada con cannabidiol (CBD) es completamente legal en Argentina y no se considera sustancia dopante. A la vanguardia de la industria cosmética en el mundo, la ANMAT en su disposición 8504/2021 resolvió incorporar los cosméticos con CBD dentro de la lista de productos permitidos en Argentina. La decisión se publicó en el Boletín Oficial y permitirá el uso de CBD en productos de cosmética, higiene personal y perfumes. Deberán inscribirse en la lista de Productos Grado 2, por lo que se debe acompañar indicaciones específicas de comprobación de seguridad y/o eficacia, informaciones, cuidados, modo y restricciones de uso.
Pruebas de seguridad para nuevos productos cosméticos
Las pruebas de seguridad que se exigen para cosméticos con CBD se acogen a la normativa de ANMAT que regula la comercialización de cualquier producto cosmético de Grado 2. Esta normativa es la 345/2006 y señala que los productos nacionales o importados deben superar pruebas de irritación y sensibilización dérmica, pruebas de fototoxicidad e hipoalergenicidad. También exige, siempre según el uso previsto, que los productos cosméticos acompañen pruebas de irritación ocular.
Para el registro de nuevos productos cosméticos en Argentina, es posible realizar las pruebas de seguridad con metodología alternativa al uso de animales, ya que existen guías validadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que fueron y están siendo incorporadas en el Laboratorio de Métodos Alternativos (LMA) para asegurar que estos nuevos productos cosméticos con CBD tengan la posibilidad de llegar al mercado con el sello “no testeado en animales” lo cual tendrá un impacto en ventas tanto en el mercado local como en mercados internacionales que regulan el uso de animales en ensayos de laboratorio.
El cannabidiol en la industria cosmética
Los cannabinoides de origen natural son derivados de la planta Cannabis sativa. En la actualidad, se han aislado e identificado cerca de 400 compuestos naturales provenientes de esta planta. Entre ellos, unos 60 compuestos presentan una estructura química de tipo cannabinoide, los cuales son farmacológicamente activos y se los denomina fitocannabinoides.
Los dos principales fitocannabinoides son: el delta-9-tetrahidrocannabinol (THC)- el principal constituyente psicoactivo de la planta de marihuana- y el cannabidiol (CBD), sin propiedades psicoactivas y de interés creciente con respecto a su potencial terapéutico debido a sus demostradas propiedades en la salud: es antioxidante y antiinflamatorio, descongestionante y calmante.
Los cosméticos a base de CBD son el último grito de la industria y en Europa ya se comercializan bajo todo tipo de fórmulas, desde hidratantes, limpiadoras y contornos de ojos, hasta cremas de manos, fragancias, champús, lociones corporales o bálsamos de labios. Se convirtieron en atractivos productos debido a sus efectos hidratantes y calmantes. ANMAT exige que la concentración de THC, responsable de la psicoactividad del Cannabis, no supere el 0,2% en estos productos cosméticos.
Entre las propiedades del cannabis medicinal se destacan su eficacia antiinflamatoria demostrada, la que ayuda a reducir la irritación cutánea, siendo utilizado como un calmante tópico. También tiene propiedades seborreguladoras, por lo que es especialmente beneficioso en pieles sensibles, grasas o con tendencia al acné. Es hidratante, ya que contiene cerca de un 85% de ácidos grasos esenciales, especialmente Omega 3 y Omega 6. Es analgésico, actuando directamente sobre los receptores cannabinoides del sistema nervioso central que regulan la sensación del dolor. Además, contiene terpenos, unos compuestos orgánicos de acción relajante y purificante.
El principal motivo de que tantas marcas estén incorporando CBD en las fórmulas de sus cosméticos es, por un lado, el gran potencial terapéutico de este cannabinoide para usos tópicos; por otro lado la sostenibilidad del cultivo del cáñamo; y por otro, el creciente avance de la legalización en tantos países, que van incorporando gradualmente el cannabis, o algunos de sus principios activos, a los artículos tradicionales, generando una explosión de los productos cannábicos en Estados Unidos y Europa.
Fuente:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/252932/20211116